NOVEDADES

ACTUACIONES RECIENTES

Demandas contra ENDESA INGENIERÍA por cesión de mano de obra 

Hemos interpuesto demandas en Sevilla y Barcelona contra la citada empresa por cesión de mano de obra de trabajadores que llevaban trabajando para la citada empresa en subcontratas casi veinte años.


Nuevas demandas contra centros privados de enseñanza por contratos de fijos discontinuos

Este despacho ha interpuesto demanda contra la citada empresa por entender que nuestro cliente está prestando servicios a tiempo completo.


No es discriminación el trato distinto a dos trabajadores ante un despido.

El TSJ de Andalucía/Sevilla en reciente Sentencia de este despacho ha declarado que no existe discriminación por despedir a uno de dos hermanos que habían cometido una misma falta, siempre que la diferencia de trato no se deba a ninguna de las causas de discriminación previstas en el artículo 14 de la Constitución.


JURISPRUDENCIA

El Tribunal Supremo considera que la convivencia de la nueva pareja de la esposa en el domicilio familiar extingue el derecho al uso que se atribuyó con el divorcio

La Sentencia de 20 de noviembre de 2018 de la Sala Primera del Tribunal Supremo declaró que la convivencia de la esposa con su nueva pareja en el domicilio familiar extingue el derecho de uso que se le atribuyó a la misma en el procedimiento de divorcio. Considera que la presencia de la pareja sentimental en el domicilio hace que pierda su naturaleza de familiar ya que la residencia sirve a una familia diferente.


Sentencia del Tribunal Supremo restringe el concepto de hospitalización a los efectos de las  licencias y permisos por hospitalización de familiares.

La Sentencia de 15 de julio de 2.020 de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo considera que la expresión "hospitalización" que da derecho al correspondiente permiso implica internamiento en hospital con sometimiento al enfermo al régimen de vida hospitalaria, no siéndolo la simple intervención hospitalaria sin pernocta.


Sentencia del Tribunal Supremo exime del requisito de convivencia para la Pensión de Viudedad de la pareja de Hecho a la victima de violencia de genero..

La Sentencia de 14 de octubre de 2.020 de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo considera que hay que interpretar «con perspectiva de género» el artículo 174.3 de la LGSS de 1994 (actual artículo 221.1 LGSS del 2015), que exige para tener derecho a ésta pensión estar unido al causante en el momento de su fallecimiento, formando pareja de hecho y, concretamente una convivencia estable y notoria, con una duración ininterrumpida no inferior a cinco años.

Para el alto tribunal, no es razonable que se exija el requisito de convivencia cuando concurre violencia de género, donde la protección de la mujer lo que requiere precisamente es el cese de la misma. En éstos supuestos, la convivencia se rompe, no por la voluntad de la mujer que forma parte de la unión de hecho, sino por la violencia ejercida sobre ella. Además, se subraya que se tienen que equiparar en el acceso a la pensión de viudedad las mujeres víctimas de violencia de género separadas y divorciadas a las que forman uniones de hecho.


LEGISLACIÓN

Real Decreto-Ley 28/2020 sobre Trabajo a Distancia, que ha entrado en vigor el 12 de octubre de 2.020. Con el mismo desaparece el carácter preferente del trabajo a distancia y se introduce el carácter voluntario para las partes del mismo.